Cada vez es más frecuente en España que se formen parejas de hecho y esto es algo que a diferencia de lo que mucha gente piensa, no tiene mucho que ver con el matrimonio.
Si bien es verdad, la regulación de las parejas es diferente en cada comunidad autónoma, por lo que no existe una ley común en todo el territorio nacional. Lo que sí se puede afirmar es que una pareja de hecho consta de dos personas, que sin haber contraído matrimonio, conviven bajo el mismo techo y se les reconoce ciertas competencias jurídicas.
Una de las grandes diferencias con el matrimonio es la disolución del mismo, ya que el matrimonio se termina mediante un dictamen judicial, mientras que la pareja de hecho mediante acuerdo verbal. También existen semejanzas, y la más importante es respecto a los niños, ya que en ambos casos están totalmente protegidos por la ley.
La pensión de viudedad es un derecho esencial que reconoce a las parejas de hecho como beneficiarias, siempre que se reúnan unos requisitos muy concretos previstos en la Ley.
La convivencia como pareja de hecho genera mútiples derechos para sus miembros, pero se hace precisa dotar de oficialidad a la unión mediante su inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.